Gastos deducibles del autónomo en 2026: la lista completa (y los que Hacienda rechaza)

Octubre de 2026

Cada gasto que deduces reduce tu IRPF en un 20 % a 45 % y, si lleva IVA, recuperas ese IVA entero. Pero Hacienda solo acepta gastos que cumplan tres condiciones: que estén vinculados a la actividad, que tengas factura completa (no un ticket) y que estén anotados en tus libros. Esta es la lista.

Gastos que se deducen sin discusión

  • Cuota de autónomos: íntegra, en IRPF. Es el gasto más grande de la mayoría.
  • Gestoría, asesoría y abogados relacionados con el negocio.
  • Software y suscripciones: programas de facturación, diseño, almacenamiento en la nube, dominios y hosting.
  • Material y equipo: ordenador, móvil, impresora, mobiliario. Si cuesta más de 300 € se amortiza en varios años en lugar de deducirlo de golpe.
  • Alquiler del local u oficina, incluido el coworking.
  • Publicidad: anuncios en Google o redes, web, tarjetas.
  • Formación relacionada con tu actividad: cursos, libros técnicos, congresos.
  • Seguros de responsabilidad civil, del local y, con límite, el seguro de salud (hasta 500 € por persona, 1.500 € con discapacidad).
  • Comisiones bancarias de la cuenta del negocio y de los cobros con tarjeta.
  • Cuotas de colegios profesionales y asociaciones.

Gastos con reglas especiales

Trabajar desde casa. Puedes deducir el 30 % de los suministros (luz, agua, gas, internet) en la proporción de metros que uses para trabajar. Ejemplo: una habitación de 12 m² en un piso de 80 m² es el 15 %; el 30 % de ese 15 % es el 4,5 % de cada factura. Poco, pero algo. Para que cuente, debes haber declarado en el 036 los metros afectos. El alquiler o la hipoteca de la vivienda se deducen en esa misma proporción (del alquiler sí; de la hipoteca solo los intereses y la amortización del inmueble, no las cuotas).

Comidas. Hasta 26,67 € al día en España (48,08 € en el extranjero) si pagas con tarjeta, en establecimientos de hostelería y en día laborable. Las comidas con clientes son gastos de representación: deducibles, pero con el límite del 1 % de la facturación.

Vehículo. El punto más conflictivo. En IVA se deduce el 50 % por defecto (100 % si es un vehículo industrial o demuestras uso exclusivo). En IRPF, Hacienda solo acepta el coche si es imprescindible y de uso exclusivo (taxistas, comerciales, transportistas); para un diseñador o un abogado, lo normal es que lo rechace.

Móvil e internet. Si tienes una línea solo para el negocio, el 100 %. Si es la misma que la personal, Hacienda suele aceptar un porcentaje razonable, pero puede discutirlo.

Lo que Hacienda rechaza casi siempre

  • Ropa, salvo uniformes o ropa con rotulación del negocio.
  • Multas y sanciones.
  • Gastos justificados solo con ticket sin tus datos fiscales.
  • Regalos a clientes por encima del 1 % de la facturación.
  • Gimnasio, peluquería, gafas: por muy necesarios que sean para "dar buena imagen".

El 7 % de gastos de difícil justificación

Si estás en estimación directa simplificada (la mayoría), además de los gastos reales puedes restar un 7 % del rendimiento neto, con un máximo de 2.000 € al año, sin justificar nada. Ya está incluido en la calculadora de autónomo frente a empleado.

Cómo guardarlo todo

Pide siempre factura completa con tu nombre y NIF. Guárdala cuatro años (el plazo de prescripción) en digital, por ejemplo en una carpeta por trimestre. Si Hacienda pide justificantes y no los tienes, el gasto se elimina y pagas la diferencia con intereses y, a veces, sanción.

Autónomo vs empleado: calcula tu casoCompara lo que te quedaría limpio al año con IRPF real y cuota de autónomos por tramos. Y cuánto tendrías que facturar para igualar la nómina.

Este artículo es informativo y refleja la normativa general vigente en 2026. No sustituye el asesoramiento de un profesional.